Desde vuestra asesoría en Valencia os comunicamos que el Ayuntamiento de Valencia ha aprobado la Subvención Nuevos Comercios y Consolidación de los ya existentes 2024, destinado a autónomos y pymes, con la finalidad de ayudar a los comercios a afrontar los gastos corrientes  de desarrollo y mejora del negocio.


Importe de la subvención Nuevos Comercios y Consolidación de los Existentes 2024:

Se podrá subvencionar el 100% del total de los gastos justificados (según listado que os indicamos más abajo), excluyendo los impuestos y los que puedan recuperarse, con un mínimo de 500€ hasta una Subvención máxima de 2.700€ por solicitante y establecimiento.

A este importe, en el caso de mujeres, se añadirán 300€ siempre que el total de mujeres beneficiarias de la ayuda sea inferior al total de los hombres.


¿Quien puede solicitar estas ayudas del Ayuntamiento?

Personas físicas, jurídicas (sociedades, cooperativas, etc) y otras entidades sin personalidad jurídica legalmente constituidas.  

Que tengan un establecimiento comerciales abiertos al público durante todo el año 2024 en València, ya sea autónomo, pequeñas empresas o microempresas y   

Que se encuentren de alta en alguno de los siguientes epígrafes del IAE:

 - Agrupación 64: Comercio al por menor de productos alimenticios realizado en establecimientos permanentes. Excepto el grupo 646 (Tabacos) y el epígrafe 647.5 (productos alimenticios y bebidas en máquinas).

 - Agrupación 65: Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes. Excepto el grupo 654.3 (comercio menor vehículos aéreos), 654.4 (comercio menor de vehículos fluviales y marítimos), 654.5 (comercio maquinaria), 655 (combustibles), y el epígrafe 652.1 (farmacias).    

 - Agrupación 97: Servicios personales. Excepto el epígrafe 973.2. (máquinas automáticas, fotografías), el 979.1 (pompas fúnebres) y el epígrafe 979.9 (Otros servicios personales NCOP)

Quedan expresamente excluidos los establecimientos que se dedican exclusivamente a la venta online y los de hostelería.

Requisitos:

- Tener un establecimiento abierto al público en Valencia capital y mantenerlo abierto durante todo 2024.

 - Sólo podrá presentarse una solicitud por persona y para un único establecimiento.

 - La persona solicitante debe estar en alta en el Régimen de Autónomos de la seguridad social o mutua.

En caso de persona jurídica no inscrita en la seguridad social por no tener plantilla, este requisito deberán cumplirlo las personas administradoras, comuneras o socias.

 - El gasto total mínimo subvencionable acreditado debe ser de 500€. Tendrán que cumplirse estos requisitos:

   1) Que la ejecución de las actuaciones objeto de ayuda, y la fecha de las facturas justificativas, estén comprendidas entre el 1 de abril de 2024 y la fecha de presentación de la solitud.

   2) En ningún caso el coste de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.

 - Deberán aportar declaración jurada que lo justifique en el caso de estar en régimen especial de recargo de equivalencia.

 - Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de València, con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social.

 - Haber justificado cualquier subvención concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de València.

 - No haber sido sancionado durante el año anterior a la convocatoria.


Gastos subvencionables:

 - Alquiler del local comercial      
 - Implantación de sistemas de calidad    
 - Cursos de formación comercial no reglada. Sólo se incluye el coste del curso y de la inscripción al mismo.
- Participación en plataformas individuales o conjuntas de comercio electrónico. Se consideran los gastos destinados a la implementación del comercio electrónico.

 - Realización de auditorías energéticas en la empresa que permiten identificar los consumos eléctricos y los acores que afectan al mismo.           
 - Marketing empresarial   
 - Gastos tendentes a definir, mejorar o difundir la identidad corporativa
 - Servicios de asesoramiento en materia de modernización comercial, laboral o fiscal.   
 - Gastos generados por la implantación de servicios técnicos y tecnológicos para la venta y difusión de la actividad comercial a través de internet.

- Publicidad en radio, televisión, prensa, aplicaciones para teléfonos y smartphone, Internet, blogs, y redes sociales u otros apoyos.         
 - Gastos de contratos de suministro de agua, energía, teléfono y etc.           
 - Gastos por la obtención de certificados oficiales en materia de igualdad.
 - Cuotas de seguros de responsabilidad civil del local.

Crédito presupuestario asignado por el Ayuntamiento de Valencia

Importe máximo de 1.576,013,75€, ampliable a 3.355837,02€


Se podrá solicitar en cuanto sea publicada en el BOP Valencia.

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