Os informamos de que han salido un nuevo paquete de medidas a autónomos y pymes para la hostelería, sector turístico, sector cultural yen el que se incluyen medidas también para todos los sectores que pasamos a resumiros.
ALQUILERES:
En caso de que la actividad se vea obligada a suspenderse por órdenes dictadas por Organismos Públicos, o se haya sufrido un descenso de al menos el 75% de ingresos respecto al mes anterior, se podrá:
- Solicitar una rebaja o aplazamiento del alquiler del local en caso de que el arrendador tenga más de 10 inmuebles arrendados (gran arrendador) y 
- Solicitar un aplazamiento temporal y extraordinario en caso de que el arrendador sea un “pequeño arrendador”. En este caso no concretan pero dicen que podéis solicitarlo si no ha habido acuerdo voluntario.
 
ERTES para actividades suspendidas en diciembre 2020 y enero 2021:
Se prevén exoneraciones del 85% del pago a la Seguridad Social para los trabajadores en ERTE.
 
TRABAJADORES FIJOS-DISCONTINUOS:
Se aplican bonificaciones en la seguridad social 
 
MEDIDAS FISCALES:
 
- Con carácter general se podrán pedir aplazamientos de 6 meses con 3 meses de carencia en los impuestos del 1T de 2021 que se presentan en abril de 2021. (NO EN EL 4T 2020)
 
- Actividades en módulos:
* Se aumenta la reducción de rendimiento del 5% al 20% (o del 35% para comercio , turismo y  hostelería) ejercida para el 4T de 202 y el 1T de 2021.
* Se aplicará una reducción del 20% (o 35% para comercio, turismo y hostelería) en las cuota devengadas de IVA para el cálculo del módulo del 4T 2020 y 1T de 2021.
* Se permitirá volver al régimen de módulos sin cumplir las carencias legales a quien hubiera renunciado presentando el 1T de 2021 o 1T de 2022 por este método sin más trámite.
* No se computará para el cálculo del módulo el tiempo que esté suspendida la actividad como consecuencia de medidas adoptadas por la Autoridad Competente referidas al COVID.
 
- Arrendadores de locales comerciales de actividades con IAE división 6, 755, 969, 972 y 973 (hostelería, turismo y ocio):
* podrán computar la rebaja realizada en el arrendamiento como gasto deducible, como medida para fomentar la reducción de renta.
* en caso de impago por insolvencia del inquilino podrán computar la pérdida transcurridos 3 meses en lugar de 6 meses.
Quedamos como siempre a vuestra disposición para cualquier duda o aclaración,
 
APLAZAMIENTOS SEGURIDAD SOCIAL:
- Se ha publicado en prensa aunque no todavía no está aprobado que se puedan aplazar las cotizaciones de diciembre de 2020 y enero 2021 de los trabajadores con un interés del 0,5% y que se puedan aplazar las cuotas de autónomos de enero y febrero 2021 con interés del 0,5%
 
MANTENIMIENTO REQUISITO SUBVENCIONES:
- Se exonera del cumplimiento del mantenimiento de empleo para justificar subvenciones el caso de empresas en ERTE siempre que el empleo sea restituido al terminar el ERTE y se exonera el mantenimiento de la inversión en caso de empresas con actividad suspendida siempre que la inversión se reinicie una vez reiniciada la actividad.
 
ICOs
Para sector de bienes de consumo y comercio al por menor se amplía el plazo de carencia de 1 a 2 años y el plazo de amortización hasta 8 años.
 
PRESTACION DESEMPLEO ARTISTAS y PERSONAL TÉCNICO CULTURA:
Se  amplía hasta 31/01 la prestación por desempleo para artistas, y se crea un subsidio excepcional para el personal técnico y auxiliar del sector de la cultura.

Desde vuestra asesoría en Valencia quedamos a vuestra disposición para cualquier aclaración: contáctanos
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